Sistema jurídico japonés.
Indice
1. Introducción
2. Estructura del gobierno
3. Fuentes del derecho
Este
sistema, es una coalición del sistema neoromanista, del common law de Estados
Unidos y de la tradición japonesa.
En un principio el Japón, estaba regido por un conjunto de normas cuya razón de
ser derivaba tanto de los usos como de la moral, que regulaba, en todas las
circunstancias de la vida, la conducta que los individuos debían observar en
sus relaciones recíprocas. Estas normas de comportamiento se llamaron giri.
El giri sustituyó al derecho y según los japoneses, incluso a la moral. Se
observaba espontáneamente, no tanto porque correspondiera una cierta concepción
de la moral o del deber, cuanto porque se incurría en la censura social, en
caso de inobservancia. Para un japonés constituiría una vergüenza no respetar
un giri. Un código de honor, puramente consuetudinario, determinaba todos los
comportamientos, tal situación ha hecho, hasta épocas recientes, inútil o
molesta la intervención del derecho, ya que para los japoneses la idea de
derecho sigue asociada con la noción de castigo y ser citado a un juicio se
considera una vergüenza, ello no significa que los tribunales estén inactivos,
pero la parte más importante de su actividad la constituye la función
conciliadora no la decisoria.
En 1868 el emperador Meiji, abolió el feudalismo que venía rigiendo la nación,
y aplicó un programa de modernización, consistente en la declaración
igualitaria tanto en las clases sociales como de la misma nación con las
potencias de occidente, produciendo cambios de tipo militar, industrial,
político, económico u social, lo cual marcaría el inicio hacia el Japón
moderno, culminando enun gobierno constitucional en 1889.
La política modernizadora del derecho surgió con el objeto de poner fin a los
tratados comerciales desventajosos y desiguales para Japón, y evitar que la
influencia extranjera se convirtiera en un poder tutelar sobre la vida pública,
al estilo de lo que se observaba en China.
Japón carecía de un sistema jurídico, por ello opto por importarlo de
occidente, procediéndose con la contratación de juristas extranjeros, entre
ellos franceses, alemanes e ingleses, valiéndose de la tarea de traducir los
códigos franceses, promulgando un código penal y un código de procedimientos
penales, de modelo francés, lo cual tuvo lugar en el año de 1882.
Consecuentemente en 1890 entro en vigor una ley relativa a la organización
judicial y un código de procedimientos civiles, siguiendo el modelo alemán. El
código civil japonés fue promulgado en 1898. Fue una problemática adaptar
ciertas nociones elementales de derecho, extrañas para el pensamiento japonés.
Una de las dificultades que surgieron de la elaboración de nuevos códigos,
consistió en traducir y adaptar ciertas nociones del derecho, ajenas al
pensamiento japonés. También el de crear neologismos japoneses adecuados para
los futuros códigos.
En 1889 fue promulgada la primera Constitución, elaborada sobre el modelo
prusiana, la cual nunca fue enmendada. Sus características radicaban que todas
las atribuciones estaban centradas en la persona del emperador, el cual fue
legitimado como monarca absoluto, sagrado y superior al gobierno, y que la
soberanía residía en el emperador.
En 1898 entro en vigor el código civil, orientándose al alemán y en materia
familiar hacia la tradición japonesa; y en 1907 comenzó a regir el código penal
inspirado en el código alemán
Posteriormente el País del sol naciente, resplandeció internacionalmente,
sosteniendo dos guerras, la primera de ellas, con China en los años de 1894 y
la segunda con Rusia en 1904 a 1905, en ambas salió victorioso, éxito que le
dio prestigio y gran fama, convirtiéndolo en una potencia mundial.
Al acontecer la Segunda Guerra Mundial, Japón participó del lado de los
llamados países del Eje, teniendo como principal enemigo a los Estados Unidos
de Norte América, durante el transcurso de largos cinco años de lucha, Japón
fue retrocediendo de las islas que había tomado, hasta culminar con el
estallidos de las dos bombas atómicas en Hiroshima y Nagasaki en 1945,
capitulándose de este modo la guerra.
Después de la rendición del Japón, en septiembre de 1945 el ejercito de Estados
Unidos, ocupó al país, bajo la dirección del general Douglas McArthur,
asumiendo el control del país y en 1946 impuso una Constitución de inspiración
norteamericana, en el cual lo hicieron renunciar en términos absolutos al
derecho de beligerancia, obligándole a no mantener ejércitos en su territorio,
ni reconocer el derecho de beligerancia del Estado. Sin embargo lo curioso, es
que al haber sido impuesta, y se supone no tiene respaldo popular por haber
sido impuesta, hasta nuestros días, no la han reformado en lo más mínimo.
En la Constitución que les fue impuesta, dejaba al emperador simplemente como
un símbolo, hecho que era totalmente diferente al régimen anterior, que el
poder y la soberanía radicaba en el emperador.
En estas circunstancias, se efectuaron importantes modificaciones al derecho
japonés, con influencia ya no solo romanista sino también angloamericana. La
promulgación de la nueva Constitución de 1947, consta de once capítulos y
ciento tres artículos, de los cuales el capítulo I trata sobre el emperador; el
II, la renuncia a la guerra, el III, consagra lo referente a los derechos
humanos, la separación de poderes y el capítulo IV, del poder judicial y la
forma de enmendar la Constitución.
Esta introdujo cambios significativos, en primer lugar, la proclama que la
soberanía reside en el pueblo y no en el emperador, la renuncia a la guerra
como derecho soberano de la Nación, la Dieta es elegida por sufragio universal
y es el órgano supremo del poder del Estado, el gabinete es responsable ante el
electorado, crea un poder judicial de estilo norteamericano; hace efectivas las
dos cámaras de la Dieta; establece el derecho de voto a todos los hombres y
mujeres por igual y garantiza los derechos humanos.
Se dieron vida a varias leyes reglamentarias de la constitución, entre ellas la
Ley de Casa Imperial, la Ley del Parlamente, la Ley Orgánica del Poder
Judicial, Ley de Contraloría Estatal, etc.
A los códigos existentes en esos días no se le hicieron modificaciones
significativas, entre ellas al Código Civil, solo se le hicieron cambios en los
libros cuarto y quinto, que se refieren a la familia y las sucesiones,
eliminando usos japoneses como la discriminación de la mujer y la preferencia
del primogénito en caso de sucesión. En cambio el Código de Procedimientos
Penales fue sustituido por el de 1948, que acerca esta materia a la práctica
norteamericana.
Posee un
sistema democrático, todos los Ciudadanos tienen derecho de elegir y ser
elegidos, el emperador es el símbolo más importante de Japón y de la unidad del
pueblo, en quien reside el poder soberano.
Las funciones del emperador, está la ratificación del Primer Ministro que haya
designado la Dieta, previo consejo y aprobación del Gabinete, puede nombrar al
presidente de la Corte Suprema; promulgar leyes, órdenes ministeriales y
tratados; convocar a la Dieta; disolver la cámara de representantes y otras
funciones protocolarias, como son recibir embajadores, ministros y jefes de
Estado, el trono es dinástico y se hereda de padre a hijo.
El poder legislativo es representada por la Dieta, que es el más alto órgano de
poder del Estado y el único que promulga las leyes, compuesta de dos cámaras,
la primera de Representantes, con 512 miembros, con periodos de cuatro años,
electos a través del sufragio popular; y la segunda cámara, la de Consejeros,
integrada de 250 miembros, elegidos por un periodo de seis años.
Las dos cámaras tienen casi el mismo poder, pero algunos casos excepcionales,
la decisión de la cámara de Representantes prevalece sobre la de Consejeros.
El poder Ejecutivo está depositado en el Gabinete, formado por el Primer
Ministro y por el Consejo de Ministros compuesto por veinte miembros, este
órgano será responsable ante la Dieta. El Primer Ministro, tiene la facultad de
nombrar a los secretarios de Estado, y los puede destituir de manera
discrecional.
El Primer Ministro debe ser un civil, generalmente es el presidente del partido
mayoritario en el poder, y es designado de entre los miembros de la Dieta, por
ser una resolución de esta y es ratificado por el emperador.
El Poder Judicial, es independiente de los otros poderes y goza de autonomía,
compuesto por la Corte Suprema, Tribunales Superiores, Tribunales de Distrito,
Tribunales Familiares y Sumarios.
La Corte Suprema esta integrada por un magistrado presidente que es elegido por
el emperador y catorce magistrados, que son nombrados por el Gabinete de una
lista de personas que elabore la Corte Suprema.
La Corte Suprema, es compuesta por tres salas, cada una formada por cinco
magistrados, funcionando en salas, pero existen casos en los que la corte
funciona en pleno como en los siguientes casos:
- Casos de apelación relativos a un asunto constitucional cundo no hay
precedente en la Corte Suprema.
- Casos de apelación relacionada con un punto no constitucional de ley en los
cuales una sala ha encontrado apropiado sobreseer un precedente de la Corte
Suprema;
- Casos envidados por una sala porque se consideran de gran importancia;
- Casos en los que la opinión de los jueces de la Sala han terminado en empate.
La Corte
Suprema determina en última instancia la Constitucionalidad de cualquier ley,
norma o reglamento.
El Tribunal Superior, es un órgano colegiado integrado por tres jueces, y
funciona como tribunal intermedio de apelación, excepto cuando funciona como
tribunal de último recurso en asuntos civiles menores y cuando tiene
jurisdicción original en casos de insurrección, así como en algunos casos
administrativos.
Los Tribunales de Distrito, tiene jurisdicción original, excepto cuando conocen
de apelación sobre las decisiones de los juzgados sumarios en asuntos civiles,
estos tribunales pueden estar integrados por uno o por tres jueces, según la
naturaleza del caso.
Los Tribunales Familiares conocen de casos civiles, relacionados con asuntos de
carácter doméstico y juveniles. El titular del tribunal es uno sólo juez, pero
la mayoría de los asuntos, primero deben ser escuchados por un cómite de
conciliación formado por tres personas: un juez y dos comisionados de
conciliación que no necesitan ser abogados. Solo cuando no se llega a un
arreglo entre las partes se puede iniciar un procedimiento judicial.
Los Tribunales Sumarios ventilan casos menores, los cuales son manejados por un
solo juez; casi la mitad de los jueces de estos tribunales no son abogados
calificados, sino que se les nombra para ese puesto después de haber trabajado
varios años dentro de la judicatura en puestos menores.
La fuente
más importante del derecho japonés es la legislación, el sistema legal de Japón
se basa en primer lugar en el derecho codificado, esto no significa que los
criterios de la Corte carezcan de importancia, por el contrario, los juzgados
los respetan y los siguen como una de las fuentes primarias, ya que nuevas
reglas de derecho surgen de los casos resueltos por los jueces.
Las sentencias y decisiones de la Corte Suprema, así como de otros tribunales
menores son estudiados y comentados por los litigantes y doctrinarios, esos
comentarios son publicados en obras legales e influyen en las resoluciones que
dictan los jueces. Las sentencias de la Corte son seleccionadas y publicadas
por una comisión de precedentes.
La costumbre, siempre que no sea contraria al orden público, ni a la moral y
puede equipararse a la ley cuando la misma ley incluya los supuestos.
En menor importancia también la doctrina es considerada como fuente del
derecho.
Es importante señalar que los japoneses prefieren arreglos extrajudiciales para
solucionar una controversia, ya que el proceso judicial presupone y admite
disputas y para los grupos tradicionales el litigio se considera como moralmente
indebido, por lo que las partes en conflicto prefieren arreglar sus diferencias
por medio de la autocomposición y la conciliación, lo cual ha tenido mucho
éxito en Japón.
La profesión legal, se regula a través de un código ético que tomo como modelo
los cánones y éticas profesionales de la asociación de la barra americana. Las
medidas disciplinarias de la profesión por dos años o la expulsión definitiva
de la barra. La ley sobre abogados promulgado en 1949, amplia la autonomía de
la barra, la cual tiene el poder de admitir a sus miembros y tomar acciones
disciplinarias en contra de ellos, las personas que han sido calificadas como
abogados son aquellos que han pasado el examen estatal para jueces,
procuradores públicos y abogados, además de haber terminado dos años de
entrenamiento práctivo.
El sistema japonés es un sistema jurídico, porque esta formado por un conjunto
de ordenamientos jurídicos sistematizados y promulgados por una autoridad
competente y tienen aplicación en todos sus ámbitos de validez; y el cual tiene
eficacia en su aplicación.
Trabajo
enviado por:
Mtra. Claudia Niño Romo Chavez.
Axel Solórzano Constantino.
axel-solorzano@elfoco.com
Nota: Estos textos han sido tomados, como
colaboración, del Grupo de la página
Web de Monografías.Com. De la exclusiva
propiedd y responsabilidad de su autor. Si
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Jun/2004
Links de Interés:
Códigos Venezolanos y Constitución de
la República